Corte de Apelaciones de Copiapó ordena a Contraloría finalizar investigación en sumario contra el alcalde de Vallenar

La Corte de Apelaciones de Copiapó ha resuelto dar un plazo de 15 días a la Contraloría Regional de Atacama para finalizar la etapa investigativa del sumario administrativo iniciado hace más de un año en contra del alcalde de Vallenar, Armando Pablo Flores Jiménez, y varios funcionarios municipales. La medida responde a la extensión inusual del proceso, que según el tribunal ha superado el plazo legal y razonable.

En una decisión unánime (causa rol 340-2024), la Primera Sala del tribunal –compuesta por los ministros Carlos Meneses Coloma, Llilian Durán Barrera y la abogada integrante Verónica Álvarez Muñoz– determinó que el largo tiempo que ha tomado el sumario ha generado una incertidumbre innecesaria y vulnera la garantía constitucional de igualdad ante la ley. El fallo establece que la demora en la tramitación del proceso afecta a los funcionarios implicados, dado que no se les ha brindado un plazo justo, en contraste con otros casos similares que han concluido en tiempos más acordes a la ley.

La petición de suspensión del sumario, solicitada por el alcalde y su defensa, fue rechazada previamente por la Contraloría, argumentando que el proceso investigativo busca aclarar responsabilidades administrativas internas y no asuntos que deban ser resueltos exclusivamente por el poder judicial. La Corte, sin embargo, concluyó que, si bien la Contraloría actuaba dentro de sus atribuciones, la prolongación del sumario es injusta para los funcionarios afectados.

El fallo resuelve finalmente que, “SE ACOGE, sin costas, la acción deducida en estos antecedentes por don Pablo Garín Madariaga, abogado, en representación del alcalde Armando Pablo Flores Jiménez y la Municipalidad de Vallenar, en contra de la Contraloría Regional de Atacama, representada por el contralor regional Eduardo Véliz Guajardo, solo en cuanto se ordena poner término a la etapa indagatoria del sumario administrativo dentro de los 15 días hábiles administrativos contados desde la ejecutoriedad de la presente sentencia.”

Esta decisión de la Corte de Apelaciones de Copiapó marca un precedente en relación con la duración de sumarios administrativos, enfatizando la necesidad de respetar los plazos legales para evitar trato desigual y preservar el derecho de defensa de los funcionarios públicos involucrados.