El INDH interpuso la acción judicial. Los internos no tienen acceso ni siquiera a luz día.
Un equipo de profesionales del Instituto Nacional de Derechos Humanos de Atacama se constituyó en el recinto para observar las condiciones carcelarias. El reducto está diseñado conforme a Plan de Segmentación Local para albergar a un total de 182 internos y en la actualidad posee una población penal de 323 internos.
Entre las condiciones preocupantes que pudieron advertir está el hecho que los módulos cuentan con poco acceso a luz solar y sin luz artificial, y algunos internos han estado más de 40 días en el lugar. A eso se suma que las celdas son pequeñas y los servicios higiénicos están en mal estado, con condiciones catalogadas como insalubres, más aún cuando incluso deben comer a metros del lugar.
“Cada habitación mantiene un espacio aproximado de 1.5 mt x 2 mt lugar en donde se ubican de forma conjunta camarotes, WC y espacio de comedor, existiendo claramente contaminación cruzada dado lo reducido de espacio. A su vez, las celdas mantienen una pequeña ventana, que permite bajo ingreso de luz solar y sólo por determinadas horas, sin posibilidad de acceso a luz artificial por lo que es un espacio que la mayor parte del día se mantiene en penumbras, no pudiendo distinguir en muchas ocasiones en qué jornada del día se encuentran”, dice el documento.
Respecto a los servicios higiénicos, estos se encuentran en mal estado. “Cada celda visitada mantiene su propio espacio para servicio, algunos de ellos con WC, otros sólo con el agujero en el piso, observándose las condiciones insalubres en las cuales cohabitan e interactúan los internos, puesto que el estado de los servicios higiénicos es deplorable, indicando que existen momentos en que se ven expuestos a excremento por sobresaturación del sistema de alcantarillado, aguas residuales, incluso en el lugar donde comen”, señala el recurso.
Para el tribunal esto deja en evidencia que Gendarmería de Chile no ha dado cumplimiento a cabalidad al rol de garante del derecho a la integridad personal de las personas a su cargo, constituyendo esto un acto ilegal por parte de la autoridad penitenciaria. Por ello, la Corte de Apelaciones de Copiapó acogió el recurso de amparo “a favor de las personas privadas de libertad del módulo de tránsito del Centro de Detención Preventiva de la comuna de Vallenar, solo en cuanto se ordena al director regional de Gendarmería de Chile adoptar las medidas necesarias para asegurarse que las citadas dependencias no volverán a utilizarse para la permanencia en ellas de personas privadas de libertad, debiendo habilitar un sector de contención con los estándares y condiciones acordes a parámetros de dignidad y respeto a los derechos humanos”.
GENDARMERÍA
Desde Gendarmería se informó que las celdas corresponden a dependencias de corta estadía, es decir, para mantener transitoriamente a internos que presenten problemas de convivencia o conductuales. “El aumento de la población penal ha obligado a incrementar su uso, lo que ha provocado con el paso del tiempo, un deterioro propio del desgaste y daños producidos por los internos”.
Finalmente, desde la Dirección Regional de Gendarmería Atacama se dispuso la remodelación de estas celdas, modificando su estructura y mejorando las condiciones de habitabilidad en el caso de ser requeridas, lo que esperamos se concrete dentro de junio.