Corte de Copiapó acoge recursos contra SLEP Atacama y ordena al organismo mejorar deficiencias en colegios

La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió hoy los recursos de protección interpuestos en contra del Servicio Local de Educación (SLEP) de Atacama por las deficiencias en infraestructura y salubridad que presentan establecimientos educacionales que dependen del organismo, por lo que le ordenó adoptar, en el plazo máximo de seis meses, todas las medidas conducentes a asegurar el acceso igualitario, digno y seguro de los educandos.

 

En fallos unánimes (causas roles 601-2023, 6021-2023, 641-2023 y 643-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Aída Osses Herrera, Pablo Krumm de Almozara, Carlos Meneses Coloma y Marcela Araya Novoa– acogió las acciones cautelares, tras establecer el actuar ilegal, arbitrario y omisivo de la recurrida.

 

“Esta Corte considera que la misma se ha violentado ante la falta de condiciones mínimas infraestructura, habitabilidad, higiene y salubridad, para el desarrollo de clases lo cual lleva a considerar que hay una amenaza cierta a la integridad física de los estudiantes los que deben exponerse a permanecer bajo un techo roto –temporalmente reparado por un profesor–, a plagas, a gases, vidrios rotos, o a problemas del sistema eléctrico, entre otros; y la integridad psíquica, ya que las malas condiciones e imposibilidad de llevar a cabo las clases les generan una situación de preocupación que ha tenido consecuencias en su aprendizaje y desarrollo intelectual”, establecen los fallos.

 

“Se ha violentado la garantía de igualdad ante la Ley del artículo 19 Nº2 de la Constitución Política de la República, y los preámbulos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas y de la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, lo que acontece por tener a los educandos del SLEP Atacama en condiciones desfavorecidas a los demás estudiantes del país, quienes gozan de las condiciones en infraestructura, salubridad y alimentación necesarias para su desarrollo y proceso educativo”, añaden.

 

Para el tribunal de alzada: “El hecho de que la paralización de profesores y profesoras haya terminado antes del fin de año 2023 y los niños y niñas hayan retomado las clases no subsana en modo alguno las graves deficiencias advertidas las que emanan pretéritos años y han sido permanentes e incrementadas con el transcurso del tiempo al no haber tomado oportunamente las acciones preventivas y reparadoras que cada establecimiento requería, lo que no se hizo por una evidente desidia”.