Con la modificación de la Ley de Tránsito, los dueños de automóviles deberán grabar la patente en los vidrios y espejos laterales de todo tipo de vehículo.
Ya se promulgó la normativa que modifica la Ley de Tránsito, que obliga a los conductores grabar la patente de todo tipo de vehículo, específicamente, en los vidrios y espejos laterales.
Ahora bien, la nueva legislación considera que la norma engloba a vehículos nuevos y usados. Así los automovilistas de vehículos antiguos tendrán 12 meses para implementar el grabado.
“Los dueños de vehículos van a tener 12 meses para poder grabar los vehículos que ya están en su propiedad y los nuevos van a tener que salir con esta placa patente ya grabada en cada uno de los vidrios involucrados”, sostuvo Juan Carlos Muñoz, ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
En cambio, para los automóviles nuevos, ya deberán incluir el grabado, ya que la iniciativa tiene el objetivo de prevenir la venta de vehículos motorizados y dotar de mayor seguridad a los dueños de automóviles.
De esta forma, el grabado se puede realizar en multiservicios dedicados a la venta de repuestos automotrices cuyo valor dependerá de la cantidad de vidrios y espejos laterales que sean grabados. El valor en promedio es de $25.000 para grabar en vidrios y espejos laterales.
Infracciones y multas que considera la nueva ley
- La nueva legislación sanciona con presidio menor en su grado medio a máximo la venta de vehículos robados.
- Además, establece la suspensión de la licencia de conducir o inhabilidad para obtenerla hasta por 5 años.
- En caso de conducir un vehículo con placa patente falsa, alterada o que corresponda a otro vehículo la multa corresponde de 50 a 100 UTM.
No obstante, se agregan las siguientes causales para el retiro de circulación de los vehículos y su disposición ante los juzgados de policía local:
- No tener los certificados de revisión técnica al día
- No tener certificado de homologación individual
- Circular con placa patente oculta, en mal estado o con el número de identificación del vehículo (VIN) o de motor adulterado o borrado.
La iniciativa, también aumenta el rango de multa para algunos casos y realiza ajustes a la Ley 20.931, sobre aplicación efectiva de penas en robo, hurto y receptación.
Por último, se modifica el Código Penal para incluir como agravante en los delitos de hurto y robo, el ejecutarlos usando un vehículo sin placa patente (delantera, trasera o ambas) o si están ocultas.
Finalmente, serán agravantes usar vidrios oscuros o polarizados que favorezcan el ocultamiento de la identidad del conductor.