El Banco de Chile deberá pagar una multa e indemnización, de casi nueve millones de pesos, a uno de sus clientes afectado por un fraude informático.
El Tribunal de Alzada de Santiago resolvió lo anterior, tras considerar que se infringió la Ley del Consumidor en un caso de fraude informático.
La Corte de Apelaciones estableció responsabilidad de la entidad financiera por no cuidar los intereses de uno de sus clientes, condenando al Banco a pagar una multa de 20 UTM -equivalentes a casi un millón veinte mil pesos- y una indemnización de siete millones setecientos mil pesos a la parte afectada por el delito denominado “phishing”, al entrar a una página que supuestamente era del Banco de Chile.
Se trataba de un portal falso, donde la víctima ingresó sus datos secretos, mientras que en la verdadera página actuaban delincuentes, quienes sustrajeron dinero de su cuenta, en tres giros, los días 21 y 24 de julio de 2017.
El caso fue llevado por el estudio jurídico de La Araucanía, Montalva y Véjar Abogados. Uno de sus integrantes, José Montalva, destacó el precedente que el fallo instala en un delito cada vez más recurrente.
El abogado sostuvo que los bancos deben invertir en seguridad cibernética y que la negligencia de las entidades no puede ser pagada por los usuarios.
Los ministros de la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago detallaron en la sentencia, que el banco no ha cumplido con su deber de cuidar los intereses de su cliente, puesto que le es exigible tomar todas las medidas necesarias para evitar este tipo de operaciones, detallando que la entidad bancaria tiene los medios y recursos para velar por los intereses de quienes confiaron en su sistema operativo