La cita para llevar a cabo este proceso será este lunes 30 de noviembre
Tras la renuncia oficial del ex alcalde Cristian Tapia Ramos, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (18.695), en su artículo 62 establece que, en caso de la vacancia de alcalde, el concejo municipal procederá a elegir uno de sus integrantes para que complete el periodo correspondiente hasta junio 2021.
Este proceso se realiza por mayoría absoluta de los concejales en ejercicio, quienes son candidatos inmediatamente al presentarse a una sesión extraordinaria convocada para tal efecto, es decir, no se expondrá otro tema. La votación será dirigida por el secretario municipal, Nancy Farfán Riveros, quien se desempeña como secretaria ejecutiva del concejo y ministro de fe para la ocasión.
“Esto se realiza con la mayor de las transparencias (…) y todo lo que pasará está establecido en la ley, no nos vamos a saltar nada. Yo no soy abogada, así que con mayor razón tengo que ceñirme a la ley con el apoyo de la Dirección de Asesoría Jurídica del municipio y la Asociación Chilena de Municipalidades para que esto sea lo mejor posible”, indicó Nancy Farfán.
El concejal elegido para el ocupar el cargo de alcalde debe obtener la mayoría absoluta, pero si esto no ocurre en la primera votación, se debe repetir circunscrita a los dos concejales que obtuvieron las dos mayorías relativas. En caso que cada concejal vote por sí mismo, ocurre un empate séxtuple, pasando a segunda votación los dos concejales que obtuvieron la mayor cantidad de votos en sufragio popular.
Así se indica textualmente en la Ley 18.695: “De no reunir ninguno de ellos dicha mayoría, se repetirá la votación, circunscrita sólo a los dos concejales que hubieren obtenido las dos mayorías relativas. En caso de no lograrse nuevamente la mayoría absoluta en esta segunda votación, o produciéndose empate, será considerado alcalde aquél de los dos concejales que hubiere obtenido mayor número de preferencias ciudadanas en la elección municipal respectiva. El mismo mecanismo de las preferencias ciudadanas se aplicará también para resolver los empates en la determinación de las mayorías relativas en la primera votación”.
Los concejales se encuentran citados para llevar a cabo esta sesión el lunes 30 de noviembre, cumpliendo con el plazo del reglamento interno del concejo para resolver este tema, en la sala de sesiones de la Municipalidad de Vallenar.
Si bien es cierto, las sesiones del concejo son de carácter público, pero debido a la contingencia sanitaria el aforo máximo de personas para esta instancia es de 15. Por ello se realizarán transmisiones en vivo, a través de las redes sociales del municipio y también podrán realizar la cobertura de esta instancia algunos medios de comunicación radiales y de televisión de la comuna, quienes ya han extendido la solicitud.