A través de la edición del último boletín informativo del municipio, el alcalde de la comuna de Vallenar, Cristián Tapia oficializó su renuncia al cargo para preparar su candidatura parlamentaria el próximo año. En la editorial del boletín “Vallenar más Informado” del municipio, Tapia señaló que “son estas mis últimas palabras para este boletín municipal que resume cada quince días el trabajo permanente del municipio vallenarino. Y digo que esta será mi última editorial que escribo, porque como la mayoría sabe, renuncio a mi cargo de alcalde el próximo viernes 20 para dedicarme a mi campaña como candidato a diputado por la región de Atacama”.
Asimismo, el alcalde, comentó que “la nueva normativa legal, aprobada hace poco tiempo, es clara al señalar que un alcalde, concejal o parlamentario no puede postularse a un mismo cargo más allá de tres periodos consecutivos, lo que me parece muy bueno para la salud de la democracia misma, como también para la necesaria renovación de figuras que debe tener la política. Al cabo de tres periodos consecutivos al frente del municipio vallenarino puedo decir, objetivamente, sin soberbia ni falsa modestia, que cumplimos con la comuna”.
¿QUIÉN ASUME?
Según establece el Servicio Electoral, cuando el alcalde se encuentre afecto a una incapacidad temporal superior a cuarenta y cinco días, o cuando el cargo esté vacante, el concejo municipal designará de entre sus miembros a un alcalde suplente, en sesión especialmente convocada al efecto. De esta manera, el concejo procederá a elegir un nuevo alcalde(sa), que complete el período, de entre sus propios miembros y por mayoría absoluta de los concejales en ejercicio. De no reunir ninguno de ellos dicha mayoría, se repetirá la votación, en la que sólo los dos concejales que hubieren obtenido las dos mayorías relativas podrán ser votados. En caso de no lograrse nuevamente la mayoría absoluta en esta segunda votación, o produciéndose empate, será considerado alcalde aquél de los dos concejales que hubiere obtenido mayor número de preferencias ciudadanas en la elección municipal respectiva. La Ley nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en el artículo 62 señala que el alcalde cesará su cargo en diversos casos, entre ellos, por renuncia por motivos justificados. Esta renuncia, debe ser “aceptada por los dos tercios de los miembros en ejercicio del concejo. Con todo, la renuncia que fuere motivada por la postulación a otro cargo de elección popular no requerirá de acuerdo alguno”.
¿VOTACIÓN SECRETA?
Desde la Secretaria Municipal de Vallenar, comentaron que el concejal que tenga mayoría absoluta (4 votos) asumirá como alcalde(sa) titular con todos los derechos y deberes como primera autoridad municipal. Asimismo, informaron que “el concejal podrá votar por si mismo para ocupar el cargo” y que la votación para escoger nuevo alcalde(sa) se realiza en concejo extraordinario que se realizaría tres días hábiles después de la renuncia del alcalde Tapia. Una decisión que aún no esclarecen es si dicha elección será de carácter público o privado. “El concejo está dilucidando si es votación secreta o no”, dijeron. Quien asuma como futuro alcalde(sa), deberá continuar en el cargo hasta el próximo mes de junio de 2021, y el lugar del concejal que asuma como primera autoridad comunal, saldrá del segundo que haya obtenido más votos de su lista o pacto en la anterior elección municipal.