Los contribuyentes que cumplen con todos los requisitos están siendo notificados, vía correo electrónico o una carta a su domicilio, informándoles acerca del porcentaje de disminución aplicado a sus cuotas de contribuciones.
Los contribuyentes que acceden a la rebaja del 50% de sus contribuciones están recibiendo el boletín para el pago, el que incluye también el monto que debe ser cancelado por concepto de aseo municipal (no incluido en este beneficio). Mientras, quienes acceden al 100% de rebaja de sus contribuciones, no reciben dicho Boletín.
Un total de 1.009 adultos mayores, vulnerables económicamente de la región, ya se están viendo beneficiados con una rebaja del 100% o 50% en el monto de sus contribuciones trimestrales, luego de que el Servicio de Impuestos Internos aplicara el Beneficio de Rebaja de Contribuciones para Adultos Mayores (BAM), utilizando los antecedentes obtenidos a partir de la Declaración de Renta 2020, o bien a partir de los ingresos informados por el Instituto de Previsión Social u otras instituciones acreditadas.
El total de contribuyentes de la Región de Atacama que acceden a la reducción total en el pago de sus contribuciones es de 720. Por su parte, 289 obtuvieron la compensación parcial del 50%.
Los adultos mayores, beneficiados con la reducción del 100% o el 50% en el valor de sus contribuciones, han estado recibiendo un correo electrónico o una carta a su domicilio, informándoles acerca del porcentaje de disminución que se aplicó, así como el valor de cada cuota.
Junto con ello, las personas que acceden a la rebaja del 50% de sus contribuciones están recibiendo el boletín para el pago, el que incluye también el monto que debe ser cancelado por concepto de aseo municipal (no incluido en este beneficio). Mientras, quienes acceden al 100% de rebaja de sus contribuciones, no reciben dicho Boletín.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL BAM
Para acceder al beneficio, los adultos mayores deben cumplir con los siguientes requisitos:
* Tener sobre 60 años si es mujer y 65 si es hombre, cumplidos al 31 de diciembre del año anterior.
* El inmueble debe estar inscrito a nombre del beneficiario, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo, al 31 de diciembre del año anterior.
* La inscripción debe estar realizada a nombre del beneficiario exclusivamente o en conjunto con su cónyuge, conviviente civil o en conjunto con lo hijos que hayan sucedido a su cónyuge fallecido.
* El inmueble debe pertenecer a la serie no agrícola y tener destino habitacional.
* El avalúo fiscal vigente del inmueble por el cual se hace efectiva la rebaja no debe exceder de $134.919.040, al 1 de julio de 2020.
* Si el contribuyente tiene varios inmuebles, la suma de los avalúos fiscales de los bienes raíces no debe exceder los $180.243.405 al 1 de julio de 2020.
* Para los contribuyentes cuyo ingreso mensual sea igual o inferior a $669.911 (13,5 UTA al año) en promedio, se aplicará una rebaja del 100% de las contribuciones.
* Si su ingreso mensual es superior a $669.911 (13,5 UTA al año) e inferior o igual a $ 1.488.690 (30 UTA al año) en promedio, se les aplicará una rebaja del 50% de sus contribuciones.
* Si el adulto mayor es propietario de varios inmuebles que cumplan con los requisitos, el beneficio se aplicará al que tenga el mayor avalúo, con destino habitacional.
CÓMO ACCEDER AL BAM
El SII es el encargado de realizar cada año, durante agosto, la revisión y evaluación de los propietarios de bienes raíces del país que cumplen con las condiciones para acceder al BAM. Este beneficio se aplica de manera automática y se informa a través de un correo electrónico, o en su defecto por carta dirigida al domicilio, a los contribuyentes beneficiados. Las personas también pueden revisar en sii.cl si son beneficiarios de esta rebaja.
Si una persona considera que cumple con los requisitos, pero no obtuvo el beneficio, puede acceder en la misma consulta, el detalle de cual o cuales fueron los requisitos que no se cumplen. Si de todos modos considera que cumple los requisitos, podrá solicitar la revisión de su caso a través del mismo acceso anterior, opción Solicitudes de Bienes Raíces, adjuntando los documentos que respalden su solicitud. Para más información, ingresar aquí.
APLICACIÓN DEL BENEFICIO EN 2020
Este año, de manera excepcional, el beneficio se aplicó por primera vez con los nuevos requisitos establecidos en la Ley sobre Modernización Tributaria, para las cuotas 1 y 2 del primer semestre, en base a los ingresos de 2018.
En agosto pasado se realizó un nuevo proceso, considerando la información recogida durante la Declaración de Renta 2020, determinando su aplicación para las cuotas 3 y 4 de este año y 1 y 2 del próximo.
En agosto de 2021 el SII realizará un nuevo proceso con la revisión de los antecedentes de los posibles beneficiados por esta medida, de acuerdo a los datos de Renta correspondientes a este año.