La vocera regional del Gobierno afirmó que “tenemos un enemigo común y ante la adversidad, la única fórmula para combatirlo, es a través de la unidad, la comprensión, el amor por el prójimo, el amor por la familia y todos nuestros seres cercanos. Si todos colaboramos con sentido republicano, no tengo dudas que superaremos esta emergencia”.
Con el objetivo de promover un mayor nivel de cumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas (en el contexto de la pandemia) y proteger la salud de todos los chilenos, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que aumenta las penas por el incumplimiento de las medidas de aislamiento o preventivas dispuesta por la autoridad sanitaria, en caso de epidemia o pandemia.
En este marco la Secretaria Regional Ministerial de Gobierno, María Francisca Plaza Velis, valoró, destacó y agradeció la iniciativa. “Con esta pandemia aquí en Atacama y en el país, han relucido ciudadanos responsables, valientes y comprometido con salud y con la vida. No obstante, también ha relucido un importante grupo de personas muy irresponsables, egoístas y que no cumplen con la medida de la cuarentena”.
“Por esta razón el Gobierno, siempre privilegiando la salud y la vida cada ciudadano, ha encabezado esta iniciativa. Este proyecto de ley busca endurecer las penas para aquellos que no cumplen con las medidas sanitarias o con las cuarentenas; para que haya un castigo que sea ejemplificador; para decirles fuerte y claro que no tienen derecho a comprometer la salud y la vida de todos los demás por sus conductas irresponsables y egoístas”.
El Código Penal sanciona a quienes pongan en peligro la salud pública por infringir las reglas higiénicas o de salubridad publicadas por la autoridad en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio.
Con esta modificación legal, las sanciones que iban de 61 a 540 días o una multa de $300 mil a $1 millón, aumentan a un rango de 61 días a 3 años, o a una multa de $300 mil a $10 millones.
La ley considera un agravante convocar a espectáculos, celebraciones o festividades, y en ese caso se considera delito calificado para quien ponga en riesgo la salud pública, con penas de 541 días a 5 años y multas de $ 1,2 millones a $12,5 millones.
La iniciativa también sanciona al empleador que ordena al trabajador a infringir las medidas sanitarias concurriendo presencialmente al trabajo y permite establecer la responsabilidad penal de la persona jurídica.
La ley forma parte de los esfuerzos del Gobierno del Presidente Piñera para promover un mayor nivel de cumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas en el contexto de la pandemia global de Covid-19 con el fin de proteger la salud de todos los chilenos.
Para concluir, la vocera regional del Gobierno, hizo un llamado a seguir respetando los anuncios de nuestra autoridad sanitaria. “Tenemos un enemigo común y ante la adversidad, la única fórmula para combatirlo, es a través de la unidad, la comprensión, el amor por el prójimo, el amor por la familia y todos nuestros seres cercanos. Si todos colaboramos con sentido republicano, no tengo dudas que superaremos esta emergencia”.