Las empresas que quieran entregar sus donaciones a las micro, pequeñas y medianas empresas podrán hacerlo en dinero efectivo, bienes o servicios profesionales por un monto de hasta 300 UTM a través del sitio web registrodedonaciones.economia.gob.cl
El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo lanzó la plataforma registrodedonaciones.economia.gob.cl para facilitar la entrega de donaciones a Mipymes, tanto en dinero efectivo, bienes o servicios profesionales.
Las donaciones que se realicen a través de esta plataforma podrán efectuarse por un donante actuando individualmente, como una empresa, o por un grupo de donantes, como una asociación gremial y deberán ser de hasta un monto equivalente a 300 UTM, es decir, cerca de $15 millones. Estas donaciones serán consideradas tributariamente como ingresos no constitutivos de renta.
A través del sitio registrodedonaciones.economia.gob.cl, las Mipymes deberán inscribirse y señalar una breve reseña de su empresa o proyecto y en qué gastarían el dinero que necesitan recibir como donación para recibir los beneficios que los donantes.
El subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, Esteban Carrasco, destacó la iniciativa y señaló que “estamos seguros de que esta iniciativa que estamos lanzando, va a ser de gran ayuda para todos los micro, pequeños y medianos empresarios que se han visto afectados tanto por la crisis social como por la pandemia del Covid-19. Estos son tiempos de colaboración y trabajo conjunto público-privado. Desde el Ministerio queremos entregar todas las facilidades para apoyar a las Mipymes de nuestro país en estos tiempos que sabemos que son difíciles y esta iniciativa se suma a la lista de lo que hemos estado desarrollando para sacar adelante a nuestros emprendedores”.
Las Mipymes que quieran acceder a estos beneficios deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener la calidad de Mipyme, conforme a lo señalado la ley que fija normas especiales para empresas de menor tamaño.
- Haber iniciado actividades de forma previa a la fecha de publicación de esta ley.
- No encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
a) Presentar inconsistencias tributarias respecto de los datos registrados en el Servicio o respecto de información proporcionada por terceros, por montos superiores a 2.500 UTM durante los últimos treinta y seis meses, excepto aquellos contribuyentes que se encuentran cumpliendo convenios de pago ante el Servicio de Tesorerías.
b) Incurrir reiteradamente en las infracciones establecidas en los números 6, 7 o 15 del artículo 97 del Código Tributario. Para estos efectos, se entenderá que existe reiteración cuando se cometan dos o más infracciones en un período inferior a tres años.
c) Estar acusada o condenada por delito tributario conforme a las normas del Código Procesal Penal.
Felix Ortiz, Seremi de Economía O’Higgins agregó «con la ley de donaciones, las pymes tienen una tremenda herramienta disponible para poder recibir fondos, bienes o servicios profesionales de personas o empresas que quieran aportar y colaborar. Esto sin duda, ayuda a fortalecer el negocio, capital de trabajo y a salir adelante en tiempos de pandemia por Covid-19»
El Portal del Registro de Donaciones estará alojado en la web del Ministerio de Economía, estará 100% en línea e interconectado con el Servicio de Impuestos Internos (SII), por lo que quienes quieran inscribirse deben usar la CLAVE ÚNICA para acceder el formulario de inscripción.
El catálogo del Portal mostrará los proyectos de las micro, pequeñas y medianas empresas, el cual será de acceso público y gratuito, y contendrá información de los participantes, el destino de la donación y monto recibido a la fecha. Además, desde la plataforma se facilitará la comunicación entre Mipymes y Donantes, para que acuerden términos y la Mipyme finalmente emita un certificado de recepción al Donante.