Alcalde Cesar Orellana dio cuenta de la medida judicial presentada en la Corte de Apelaciones de Copiapó.
En la Corte de Apelaciones de Copiapó la Municipalidad de Freirina, representada por el Alcalde Cesar Orellana, presentó un recurso de protección en contra del Ministro de Salud Jaime Mañalich y del General Enrique Heyermann Ríos, a cargo de la Defensa Nacional en la región de Atacama, ante la negativa de decretar la cuarentena con miras de la protección de los derechos constitucionales de los ciudadanos de región, ante la emergencia sanitaria que vive el país.
Al respecto Orellana señaló que “ante la actitud negligente del Gobierno, tenemos que desde el Municipio usar las herramientas legales que se tienen. Aquí se está vulnerando, insisto, un derecho constitucional. Estamos hablando de la salud de nuestros vecinos y en esto no estamos solos los municipios, hemos recibido la asesoría técnica del Colegio Médico, pero quienes tienen que tomar la decisión no lo están haciendo” sostuvo el edil.
En parte del documento se indica que “Dado la situación que actualmente atravesamos como país y a nivel mundial, resulta casi redundante señalar lo dañoso que es para la población no contar con todas las medidas serias y estrictas para controlar la movilidad de las personas y el contacto social. Se debe considerar la velocidad exponencial del contagio del COVID 19 y recordar que actualmente el virus COVID-19 no cuenta con vacuna, ni medicación que asegure su mejoría, por lo que la prevención es la única manera de disminuir la curva de contagio y con ello la cantidad de posibles fallecidos y personas que quedaran con secuelas respiratorias vitalicias”.
César Orellana indicó además que la pregunta que se hacen los distintos municipios de Chile es que “que están esperando”, agregando que la Contraloría General de la República sacó un dictamen que indica que los municipios no tienen facultades para este decreto de cuarentena, pero finalmente entonces la autoridad que tiene que decretar esa medida de cuarentena es el Ministro de Salud, por lo tanto la Contraloría al decirnos que no tenemos las facultades los municipios, tenemos que, vuelvo a insistir usar las herramientas legales por eso que hemos presentado esta acción legal en la Corte de Copiapó”.
LEGITIMACIÓN ACTIVA
El documento de 7 páginas, detalla los argumentos legales en que se basa esta acción judicial, y por otra parte indica que: “Es menester indicar a SS., que a la administración municipal le corresponde velar por el bienestar, salud y seguridad de la población. En este contexto, resulta necesario tomar medidas a nivel comunal a fin de salvaguardar la salud pública dentro de nuestro territorio. En este sentido el artículo 118° de la Constitución Política de la República señala: “Las municipalidades son corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna”.