La iniciativa, que fue presentada por la senadora Yasna Provoste, avanza a segundo trámite en la Cámara de Diputados.
En condiciones de cumplir su segundo trámite, en la Cámara de Diputados, quedó el proyecto de ley conocido como «Educación sin Dicom», el cual apunta a que cualquier deuda contraída para estudiar desde la educación preescolar a la superior no esté en el registro de sistema de deudas comerciales morosas o impagas (DICOM). Asimismo obliga eliminar de estos registros a los actuales morosos.
Así lo afirmó la miembro titular de la Comisión de Educación del Senado y autora de la iniciativa, Yasna Provoste, quien celebró el avance de la propuesta en tiempos de una crisis política y social que reclama a gritos y cacerolas cambios profundos en el país.
“Asiste la convicción que la educación es un derecho y no es una industria, y por lo tanto, no puede moverse con los valores del neoliberalismo. En ese sentido, creemos que todos aquellos que han hecho un esfuerzo importante en materia educacional no pueden estar en los registros comerciales por morosidad en ningún informe. Y que dicha situación signifique no acceder a otros beneficios sociales a lo largo de la vida”, manifestó la congresista.
Asimismo, la parlamentaria DC explicó que “con este proyecto se replica lo que hoy existe para otros bienes que son básicos: como lo es la luz, el agua y el gas; por tanto, las deudas educativas no estarán en el boletín comercial a todo evento. En síntesis, el proyecto es a todo evento para todos aquellos que acceden al derecho de la educación, así que estaremos vigilantes a lo que suceda en la Cámara de Diputados”, sentenció.
Educación sin DICOM
El texto legal propuesto incluye la información personal protegida y que, consecuentemente, los responsables de los registros o bancos de datos no podrán comunicar -bajo ninguna circunstancia- todos aquellos antecedentes que digan relación con las deudas contraídas por una persona con instituciones de educación superior en el marco de las normas del Fondo Solidario de Crédito Universitario; ni las deudas contraídas con bancos o instituciones financieras de conformidad a la ley que creó el Sistema de Créditos para Estudios Superiores (deudas CAE); o en el marco de las líneas de financiamiento a estudiantes para cursar estudios en educación superior, administradas por la Corporación de Fomento a la Producción; ni cualquier deuda contraída con la finalidad de recibir para sí o para terceros un servicio educacional en cualquiera de sus niveles.