En vísperas de las celebraciones de Fiestas Patrias, el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Carlos Leal, junto la Directora del Dirección regional del Instituto de Seguridad Laboral, Lina Arnelo, informan sobre el funcionamiento del comercio durante las Fiestas Patrias y los alcances de los feriados obligatorios e irrenunciables del 18 y 19 de septiembre.
El Seremi del Trabajo y Previsión Social, Carlos Leal Varas y la Directora (s) de la Dirección del Trabajo de Atacama visitaron las dependencias de la tradicional tienda Dolomiti y tienda Tentación para informar a usuarios y trabajadores de los feriados irrenunciables y obligatorio para estas fiestas patrias 2019
El Seremi del Trabajo y Previsión Social, Carlos Leal Varas señaló que “recordar a nuestra ciudadanía que en nuestra legislación existen 5 feriados irrenunciables y obligatorios: 1, de enero, 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre. El llamado por parte del Ministerio del Trabajo es a respetar esta normativa, no solamente a los empleadores, sino que, a toda la comunidad; a organizarse con las compras que se van a hacer durante estos días cosa de poder dar y brindar la oportunidad a cada uno de nuestros trabajadores de usar y gozar de este derecho establecido por nuestro ordenamiento”
El Secretario Ministerial destacó que “es importante que los empleadores den cumplimiento cabal a esta normativa en el entendido que si no lo realizan caen en una infracción la cual puede ser fiscalizada y sancionada a través de la Dirección del Trabajo”
Estos feriados irrenunciables y obligatorios parten el día martes 17 a las 21:00 hrs. Y termina a el día viernes 20 de septiembre a las 6:00 am.
la Directora (s) de la Dirección del Trabajo de Atacama, Lina Arnelo señaló que “aquí hay, básicamente, Dos tipos de multas: a la que se exponen los empleadores que no otorgan el permiso por el feriado irrenunciables y obligatorio esas multas son aplicables en Unidades Tributarias Mensuales (UTM) alo valor del ems de septiembre que son $49.139 y la multa va de acuerdo a la cantidad de trabajadores que tengan entre 1 y 49 trabajadores la multa es de 5 UTM por trabajador, las que tienen 50 hasta 199 trabajadores las multas son de 10 UTM por trabajador y las empresas que tienen 200 o más trabajadores las multas son de 20 UTM por persona trabajando. Por otra parte, el trabajador que no cierra oportunamente su local comercial se expone a multas que son por empresas las que tienen entre 1 y 49 trabajadores son 10 UTM, entre 50 y 199 trabajadores se exponen a multas de 40 UTM, y las que tienen 200 o más trabajadores son de 60 UTM”
La jefa de tienda de Dolomiti, Candy Godoy indicó que “me parece una muy buena iniciativa para que todos los trabajadores tengan claro cuáles son los días que deben trabajar y cuáles son los días que deben ausentarse debido al feriado, eso mejora totalmente el clima laboral”