El auto cuidado y la prevención son las primeras recomendaciones para evitar que usted o su familia sean afectados por algún tipo de patología respiratoria. Pero si ese es el caso tómelo con calma e infórmese sobre las patologías respiratorias cubiertas por las Garantías Explícitas en Salud (GES).
La Superintendencia de Salud de Atacama llama a los usuarios del sistema de salud público y privado a tener presente cuáles son enfermedades crónicas que afectan las vías respiratorias y que están dentro de la cobertura.
Una de ellas es el tratamiento para la Infección Respiratoria Aguda (IRA) a los menores de cinco años de edad con confirmación diagnóstica de bronquitis, neumonía u otra infección respiratoria aguda de atención ambulatoria.
Gustavo Rojas, Agente Regional de Atacama, destaca que “en este caso la atención incluirá broncodilatadores, antibióticos y kinesiterapia, si el médico lo indica”.
Otra de las patologías que tienen cobertura el Asma bronquial. Esta patología tiene garantizado el diagnóstico y tratamiento para menores de 15 años, con síntomas moderados y severos. “Para acceder a la cobertura el diagnóstico y su confirmación debe ser dentro de los 20 días desde la sospecha y, el tratamiento debe ser inmediato según indicación médica”, explicó Rojas.
Para los mayores de la casa, desde los 65 años en adelante, se presenta la particular cobertura a la neumonia de atención ambulatoria. Con la sospecha de de este cuadro, tienen garantizado el diagnóstico previa confirmación diagnostica con radiografía en 48 horas desde la sospecha- y tratamiento desde la sospecha, incluyendo fármacos y kinesiterapia.
Otra patología respiratoria garantizada corresponde a la Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica, cuyos beneficios alcanzan a personas de cualquier edad con síntomas de la dolencia de tratamiento ambulatorio.
La autoridad regional llamó a aquellas personas afectadas por enfermedades respiratorias a que “acudan en primera instancia a los consultorios, a los servicios de atención primaria de urgencia, o a los prestadores designados por sus aseguradoras, para que reciban las atenciones necesarias, que constituyen un derecho que todo usuario del Fonasa o Isapre puede y debe hacer valer”.
Clave también es que todo paciente al que se le diagnostique una patología GES tiene derecho y debe ser notificado de esta situación por su médico tratante, mediante el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES, o cualquier documento autorizado por la Superintendencia, para que conozca los beneficios a los que puede acceder.
Si no cumplen con las garantías, ¿cómo puedo reclamar?
Las garantías GES son un derecho para las personas beneficiarias del Fonasa e Isapres, y por lo tanto, si no se cumplen, pueden ser reclamadas.
“Si las atenciones garantizadas no son entregadas en el plazo máximo que establece la ley, la persona afectada en su derecho tiene que presentar su reclamo en primer lugar ante el Fonasa o Isapre, según corresponda, para que se le designe un nuevo prestador en el plazo de 48 horas. Si esto no se cumple, debe recurrir a la Superintendencia de Salud en segunda instancia, la que podría designar un tercer prestador.”
Conoce más sobre cobertura GES aquí o acuda a la oficina regional ubicada en Atacama 581, oficina 204, edificio Alcázar, Copiapó.